Serán beneficiarios de esta ayuda, las personas físicas que adquieran una vivienda para su residencia habitual, siempre que en el Consorcio de la Ciudad de Toledo exista constancia expresa del inicio de las obras, antes del comienzo de estas. La solicitud se debe efectuar en el plazo no superior a un año desde la emisión del informe de finalización de las obras realizado por la unidad técnica del Consorcio de la Ciudad de Toledo.